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Reflexión personal

A ver, acabo de leer aquí, en la página oficial de la SGAE, en la sección «copia privada» este texto:


¿Qué es?

Según la Ley de Propiedad Intelectual una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa.

Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que vaya a ser objeto de negocio.

Pero esta reproducción autorizada por Ley, genera una remuneración compensatoria por copia privada, que está regulada también en el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual y que está destinada a compensar la pérdida de ingresos que, para los titulares de una obra musical o audiovisual genera esta posibilidad de hacer copias de las mismas para uso privado. Es obvio que cada vez que se hace una copia de un disco para uso privado, se deja de vender un ejemplar del mismo, por lo que hay que compensar de alguna manera a los titulares de las obras contenidas en el mismo, por los ingresos que dejan de percibir.

Artículos sujetos:

Están sujetos al pago de la remuneración compensatoria por copia privada todos los equipos, aparatos y materiales idóneos para la grabación de obras musicales y/o audiovisuales. Ejemplos: un radio-cassette grabador, un equipo grabador de CD's, un equipo grabador de vídeos, una cinta cassette, un videocassette, un CD-R tanto "audio" como "data", un DVD-audio y un DVD-vídeo

Obligados al pago:

En primer lugar, los obligados al pago son los fabricantes e importadores de los equipos, aparatos y materiales que sirven para la grabación de obras musicales y/o audiovisuales. No obstante, la Ley de Propiedad Intelectual considera responsables solidarios del pago de la remuneración a los distribuidores, mayoristas y minoristas sucesivos adquirentes, si en la factura de sus proveedores no aparece desglosado el importe de la remuneración.


A lo que me hace pensar:

* Yo compro un CD de por ejemplo «Alejandro Sanz», ya le estoy pagando su parte del sueldo
* Para hacerme una copia de seguridad de dicho CD ya que la calidad de estos dejan mucho que desear, compro un CD-R, con lo cual pago el canon y vuelvo a pagarle parte de su sueldo otra vez. Eso sabiendo que esa copia es mía, por lo cual, yo no voy a comprar otra vez el CD de Alejandro Sanz, no entiendo por qué «se deja de vender un ejemplar del mismo».
* Para hacer esa copia privada, tengo que tener un ordenador con grabadora de CD, y por ello pago el canon por el Disco duro (objeto de pirateo) y la dicha grabadora (otro artilugio de pirateo).
* Si además me compro un reproductor de MP3 para poder escuchar este disco, pagaré otro canon para compensar la pérdida por «dejar de vender otro ejemplar del CD» (Ya van 4 ejemplares perdidos)
* Otra cosa, algunos CDs, traen una protección para que no puedan ser ripeados y por lo tanto copiados, por lo que el CD-R, el Disco duro, la grabadora de CD y el MP3 no me valen para escuchar este disco, osea que he compensado la perdida de vender 4 ejemplares, pero en realidad no lo he podido copiar.

Y pienso, ¿y si llamo a mis colegas y a mi familia para que escuchen al Alejandro Sanz en mi casa, pago el canon? pues hostia!! sí, porque el equipo de música traerá el canon incluído en el precio.
El CD-R (ese que compré para hacerme la copia privada del disco mencionado), lo usaré para guardar el álbum de fotos de mi hija, pero como lo compré para hacerme la copia privada, habré pagado la pérdida del ejemplar no vendido del dico de Alejandro Sanz.
La grabadora de CD y el disco duro, lo habré usado para lo mismo, para grabar las fotos de mi hija, pero habré pagado por la pérdida de la venta....
Decido usar el ordenador que me he comprado y que me ha costado una pasta para navegar por y hablar con familiares que están lejos de mí a través de Internet, contrato un servicio de adsl, cable o lo que sea, pero como Internet es un medio de pirateo, pagaré mensualmente un canon para fraguar las pérdidas de ejemplares no vendidos.
Para imprimir documentos para mi trabajo, necesito una impresora, que trae canon por supuesto, no sea que me dedique a imprimir libros.
Uff, compraré también un DVD grabador para poder grabarme algún programa que me gusta y que no puedo ver por la TV ya que trabajo como un animal por una mierda de sueldo. Un objeto de pirateo, canon al canto.
No es mi caso (porque no uso), pero la gente tiene teléfonos móviles, un objeto de piratas!! Canon también, pero si quieres un politono o un sonitono, además pagas 1,20€+iva por cada sms, y la mayoría necesita un mínimo de 2 sms.
A veces, necesito guardar en un pendrive documentos y por ejemplo las fotos de mi hija, para enseñárselas a mi familia, pero ohh! si es un objeto de pirateo!! pagaré también un canon, por las pérdidas...
Así podría seguir y seguir, y anda que no me sale caro el puto CD de Alejandro Sanz.

Pero, vuelvo a pensar yo....
Un bolígrafo sirve para copiar a mano un libro, es un poco pesado, pero al fin y al cabo sirve ¿no? ¿Canon?
Unos altavoces o bafles sirve para, si lo pones a "toa hostia" lo escuchen tus vecinos, por lo tanto estás pirateando, ya que el vecino, como escucha lo que tú pones, no comprará ese CD.
Un rotulador puede ser usado, aparte de para copiar un libro, también para rotular el CD que copiaremos, ¿Canon?
El cable telefónico RJ11 y el cable de Red RJ45, sirve para "atrapar" películas, música, software etc de Internet ¿Canon?
El monitor del ordenador, ¿para qué sirve? para ver lo que haces en internet, seleccionar lo que te vas a descargar, al igual que el ratón ¿Canon?
Lo mismo con el router, modem, cablemodem, etc.
El ordenador funciona con electricidad ¿canon en Endesa?
EL MP3 va a pilas ¿Canon a las pilas?
Tarjeta de video, memoria ram, placa madre, microprocesador, disipador, etc, todo sirve para descargarse material de Internet ¿Canon?

Joder!! paro ya, que hace un buen rato que me he arruinado y me van a quitar el piso por no poder pagar la hipoteca, que se lleva mas del 60% de mi sueldo... y.... mmmm.... mi casa sirve para poner y guardar todos esos objetos, ¿Canon?

La verdad es que no lo entiendo. Que me suban el sueldo un 700% y estoy encantado de pagar todos esos canon.

Moraleja: NO PIENSES, paga y calla.

Saludos.

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